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jueves, 13 de marzo de 2014

Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social


  • La Ley General de Discapacidad asegurará que esté contemplada en todas las actuaciones políticas y por todas las Administraciones.
  • La norma define, por primera vez, los distintos tipos de discapacidad y protege especialmente a quienes sean susceptibles de sufrir "discriminación múltiple".
  • La Ley incluye un título dedicado a los derechos de las más de cuatro millones de personas con discapacidad en España, sin precedentes en nuestra legislación, que aborda su protección en todos los ámbitos.
  • El principio de libertad en la toma de decisiones de las personas con discapacidad se reconoce de manera expresa.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social. Se trata de un texto que, por primera vez, unifica toda la normativa existente en la materia y de una demanda histórica de las personas con discapacidad y sus familias que garantizará que la discapacidad esté contemplada en todas las actuaciones políticas y por todas las Administraciones.


  • Este Real Decreto Legislativo ha integrado en una sola norma la Ley de Integración Social de Personas con Discapacidad (LISMI), de 1982; la Ley de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad, de 2003, y la Ley por la que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, de 2007. En su elaboración han participado distintas organizaciones del sector, en especial el CERMI.


  • Sin embargo, esta norma es más que un compendio de leyes. Todas estas normas se han actualizado y armonizado siguiendo la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Ello supone el reconocimiento expreso de que son titulares de derechos y los poderes públicos están obligados a garantizar su ejercicio pleno. Se supera, así, el concepto asistencial de décadas pasadas: las personas con discapacidad pasan de ser objeto de tratamiento y protección social a ser considerados ciudadanos libres y titulares de derechos.


  • Por ello, se incluye un título dedicado a los derechos de estas personas sin precedentes en la legislación española. Por primera vez, incorporará su protección en todos los ámbitos, desde la igualdad de oportunidades hasta la atención sanitaria, la educación y el empleo.


  • En el ámbito de la protección de la salud se establecerán principios y normas de coordinación de las distintas actuaciones públicas para la prevención de la discapacidad. Además, las Administraciones tendrán que desarrollar las actuaciones necesarias para llevar a cabo una atención sociosanitaria, de forma efectiva y eficiente.
  • En cuanto a los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad, además de valorar las limitaciones y barreras a las que se enfrentan a las personas con discapacidad, valorarán también sus capacidades y habilidades.
  • En el ámbito de la educación, se asegurará un sistema educativo inclusivo. Se trata de atender las distintas necesidades del alumnado con discapacidad, mediante la regulación de los apoyos y ajustes correspondientes.
  • En el ámbito del empleo, se clasifican por primera vez los tipos de empleo a través de los que las personas con discapacidad pueden ejercer su derecho al trabajo:Empleo ordinario, de las empresas y administraciones públicas, incluidos los servicios de empleo con apoyo.

Empleo protegido: en centros especiales de empleo y enclaves laborales.
Empleo autónomo, una modalidad en la que 1.182 personas con discapacidad se establecieron en el primer semestre de 2013.

  • Además, la norma incluye, también por primera vez, las definiciones de todos los tipos de discriminación, directa e indirecta, ya contempladas, a las que se añaden la discriminación por asociación y acoso, con el fin de completar el marco jurídico de prohibición de la discriminación en cualquiera de sus manifestaciones.


Discriminación directa es la situación en la que se encuentra una persona con discapacidad cuando es tratada de manera menos favorable que otra por razón de su discapacidad.
Discriminación indirecta existe cuando una disposición legal o una cláusula contractual, aparentemente neutras, pueden ocasionar una desventaja a una persona por razón de su discriminación.
Discriminación por asociación se da cuando una persona o grupo es objeto de trato discriminatorio por su relación con una persona con discriminación. Por ejemplo, si se discrimina a un trabajador o trabajadora que es padre de una persona con discapacidad y solicita un permiso para atenderla.
Discriminación por acoso es toda conducta que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra la dignidad de una persona con discapacidad o crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante o humillante.
Asimismo, se refuerza la consideración especial de la discriminación múltiple, para garantizar los derechos de quienes pueden estar en esta situación de acusada vulnerabilidad. En este sentido, se protegerá de manera singular a las niñas, niños y mujeres con discapacidad.


  • Las medidas de defensa jurídica frente a la discriminación se aplicarán con independencia de la existencia de reconocimiento oficial de la situación de discapacidad.



  • La norma, asimismo, incluye el reconocimiento expreso del principio de libertad en la toma de decisiones, que afecta a todos los derechos que se regulan. De esta manera, serán las personas con discapacidad las que puedan optar o no por acogerse a las medidas de acción positiva.

PERSONAS CON DISCAPACIDAD

                               


  • En la Comunidad Autónoma de Castilla y León hay 152.037 personas con discapacidad, lo que supone un 6% de la población total.
  • La Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad; dice que tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. En todo caso, se considerarán afectados por una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
  • Las actuaciones de la Gerencia de Servicios Sociales dirigidas a las personas con discapacidad, se desarrollan bajo los principios de "mejora de la calidad de vida", "promoción de la igualdad de oportunidades" y "accesibilidad".
  • Estas actuaciones inciden en todos los entornos sociales y atienden a las necesidades de las personas con discapacidad a lo largo de todo el ciclo vital (prevención, educación, empleo, integración social, etc.).
  • Es uno de nuestros objetivos prioritarios garantizar la atención a las personas con discapacidad en los servicios generales destinados a todos los ciudadanos, proporcionando e impulsando las adaptaciones y apoyos necesarios para conseguirlo.
  • Por otra parte, se crean y consolidan servicios específicos para personas con discapacidad, con una especial incidencia en la calidad y profesionalización de los mismos, y promoviendo su máxima integración en el entorno.

PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y DERECHOS


  • La discapacidad ha sido un elemento de discriminación y exclusión social durante un largo tiempo. Partiendo de la “normalización” física y/o psíquica como el paradigma, las personas que no encajaban en ese modelo eran segregadas y se les negaba y/o limitaba el ejercicio de derechos a raíz de su discapacidad. Los movimientos sociales de las personas con discapacidad han llamado la atención a las injusticias que sufren ese colectivo, y su labor en las últimas décadas ha contribuido a crear un “modelo social de la discapacidad”. Dicho modelo consiste en ver la discapacidad no como una característica individual, sino como el producto de interacciones sociales entre aquellos que difieren de la “normalidad” y la manera en que se ha configurado el acceso a instituciones y bienes sociales (como el espacio físico, el trabajo, la educación, el ocio, las relaciones íntimas etc). Esa interacción no es neutra ya que está sesgada a favor de los parámetros físicos y psíquicos de los que constituyen el estereotipo dominante en nuestras sociedades.
  • El efecto de la imposición de ciertas pautas de configuración social a personas que no encajan en el modelo normalizado y dominante, es la creación de barreras y limitaciones a la participación que, entre otras cosas, genera exclusión. De esta manera, más que como una característica individual, la discapacidad debe ser entendida de modo relacional: una misma persona puede ser vista como una simple discapacitada en un ambiente hostil, pero, sin embargo, eliminadas las barreras que limitan la actividad, la discapacidad se disuelve y ella puede ser vista como un sujeto capaz de ejercer de forma más amplia su autonomía y sus derechos. Así, el “modelo social de la discapacidad” pone luz en el hecho de que esta no es un rasgo individual sino el resultado de un ambiente hostil al desarrollo de las capacidades de un amplio número de personas.

  • Partiendo de la relevancia de esa cuestión, y en el marco del Proyecto Exposiciones en la Biblioteca de Derecho, organizaremos, en el mes de febrero, la exposición PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y DERECHOS. Queremos llamar la atención de nuestra comunidad universitario al tema elegido a partir de diferentes actividades. Destacaremos el hecho de que la Biblioteca de Derecho se adapta cada vez más a las necesidades de sus usuarios. La puerta automática de la sala baja, por ejemplo, tiene la finalidad de facilitar el ingreso de las personas que usan sillas de ruedas para desplazarse. Resaltaremos también que la Biblioteca es un espacio de inclusión socio-laboral, en la medida en que aquí se realizan las actividades del practicum del Curso de Formación para la Inclusión Laboral de Jóvenes con Discapacidad Intelectual (título propio de la Facultad de Formación de Profesorado y Educación, que cuenta con la colaboración de la Fundación PRODIS). Realizaremos asimismo una exposición bibliográfica y de cine con nuestro acervo de libros, revistas y películas que tratan del tema, y esperamos, por fin, poder organizar una muestra de fotografía que retrate la inclusión y la participación de ese colectivo (como, por ejemplo, las fotos que están el calendario 2013 de la Fundación PRODIS)

LOS DISCAPACITADOS DENUNCIAN LOS RECORTES DE SUS DERECHOS

Decenas de miles de personas con discapacidad y sus familiares se manifestaron ayer en Madrid, en una marcha convocada por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), con el objetivo de denunciar «el recorte de derechos» que el colectivo está sufriendo con la crisis económica.
En la víspera del Día Internacional y Europeo de la Discapacidad y bajo el lema SOS Discapacidad: Derechos, Ilusión y Bienestar a Salvo, esta protesta concentró, «por primera vez de forma unitaria, a todo el colectivo», según explicó el presidente del Cermi, Luis Cayo Pérez, que calificó la jornada de «histórica». Además, Pérez señaló que la única intención de la iniciativa era «hacer ver a los Gobiernos y a la ciudadanía que no se puede salir de esta crisis sin las personas con discapacidad y sin tener pleno respeto a sus derechos» que, según denunció, «no se están cumpliendo».
Asimismo, puso el acento en que estos años están siendo «un museo de los horrores» para los discapacitados y sus familias, «con la reducción drástica de apoyos públicos» que afectan, entre otros ámbitos, al empleo del colectivo.

En este sentido, el máximo responsable de Cermi indicó que «más de 60.000 puestos de trabajo, de los 2.000 centros especiales que hay en toda España, pueden desaparecer por los recortes».

Por su parte, el presidente de la ONCE, Miguel Carballeda, manifestó que «los derechos que se pierdan ahora, no se van a volver a conseguir nunca». Además, puntualizó que el Gobierno siempre ha tenido al sector de los discapacitados «a la cola» y que, justo ahora, «lo ha puesto el primero en la lista de los ajustes».

domingo, 2 de marzo de 2014

La discapacidad “es una cuestión aún no resuelta”

  •  El accésit del Premio Ciudad Europea Accesible 2013 que ha recibido Burgos esta semana en reconocimiento a su labor en la mejora de la accesibilidad en las instalaciones y servicios públicos debe servir de acicate para continuar construyendo una urbe cada vez más accesible para todos, especialmente, para las personas mayores y con discapacidad.
Queda todavía mucho camino por delante para que el concepto de accesibilidad universal pase de la teoría a la práctica, del papel a la realidad. Garantizar la plena inclusión social y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, contando con la participación activa de las personas con discapacidad, es tarea del conjunto de administraciones, empezando por la más cercana, el Ayuntamiento, y de la sociedad, en general.
  • El hecho de que Burgos haya sido seleccionada junto a otras seis ciudades frente a las 102 candidaturas que se han presentado al Premio Access City, procedentes de 23 países miembro de la Unión Europea, es motivo de orgullo y satisfacción y, como decíamos, de estímulo para seguir mejorando la accesibilidad en los ámbitos fundamentales de la vida diaria, como son el entorno arquitectónico y los espacios públicos; el transporte e infraestructuras; la información y comunicación; y los servicios e instalaciones públicos.
Esta semana se ha celebrado el Día Internacional y Europeo de las Personas con Discapacidad, una fecha que las personas con discapacidad y sus familias, a través del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), han aprovechado para lanzar “una llamada de socorro masiva, pues lo que hemos logrado en términos de derechos, inclusión y bienestar en estos últimos 30 años, todavía muy insuficiente y todavía muy precario, amenaza ruina”.
  • Como dicen, la discapacidad “es una cuestión aún no resuelta”. Por ello, reclaman que sus derechos, la inclusión social y el bienestar social logrado, no les sean arrebatados.

jueves, 9 de enero de 2014

VIOLENCIA DE GENERO MUJERES


                       
                               




En la Unión Europea viven 62 millones de mujeres que han sufrido violencia física o sexual, otros 62 millones la han padecido durante la infancia; 100 millones han sido acosadas sexualmente, 80 han sufrido violencia psicológica y 10 millones han sido privadas de su libertad, incluso dentro de sus propias casas.

Estas son sólo algunas de las formas en las que el machismo coarta los derechos de las mujeres europeas. Son crímenes y actitudes que afectan a más de la mitad de la población del viejo continente.
Para demostrar la gran prevalencia de la violencia de género entre los Estados miembro y que ésta se produce en todas las esferas de la vida, la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea ha elaborado la mayor encuesta a nivel mundial sobre violencia de género, que fue presentada este martes en Bruselas.
La encuesta demuestra que las denuncias sólo representan una pequeña parte de la violencia machista que sufren las féminas. Según explica Blanca Tapia, portavoz de la Agencia, "la mayoría de las agresiones no llegan a conocimiento de la policía ni de ningún otro lugar de asistencia a la mujer maltratada", y tan sólo el 34% decide denunciar la agresión más grave que ha sufrido.
Un tercio de las europeas han sufrido violencia

Los principales datos que arroja este trabajo son que, de los 186 millones de mujeres adultas que viven en Europa, una de cada tres ha experimentado violencia física o sexual en la madurez (62 millones de mujeres) o, lo que es lo mismo, han sido golpeadas, pataleadas u obligadas a mantener relaciones sexuales a la fuerza o contra su voluntad. De hecho, según esta estadística,una de cada 20 mujeres ha sido violada (unas 10 millones en total).
El estudio destaca también que la mitad de las mujeres evitan 'situaciones de riesgo' como viajar en transporte público, salir solas de casa o caminar por lugares poco concurridos, lo que constituye una grave limitación a la libertad de movimiento. La Agencia no ha facilitado la cifra total de mujeres que han sufrido alguna forma de violencia a lo largo de su vida, un dato que contribuiría a comprender tanto la magnitud del problema como los patrones en que se expresa la violencia de género.
Datos bajos en España y muy altos en los países nórdicos

En España, los datos generales de esta encuesta son varios puntos más bajos que en la media de la UE (el 22% han sufrido violencia física o sexual y el 28% durante la infancia, un 20% sufren violencia psicológica). Sin embargo, esto no constituye necesariamente una buena noticia.
Principalmente porque se trata de una encuesta y no de un estudio sobre denuncias. De hecho, los países que muestran mayor incidencia de la violencia machista son los nórdicos, precisamente los que tienen mejores resultados en el índice de igualdad de género.
"Hay varios factores –explica Blanca Tapia–. En países como Finlandia, Dinamarca, Suecia o Francia es más aceptable culturalmente hablar de violencia de género y, por lo tanto, las mujeres la declaran más. Las mujeres de los países nórdicos tienen mucha conciencia de género, saben que son iguales en derechos a los hombres y tienen claro que no tienen que aguantar ciertas cosas. No pasan ni una. También en esos países hay más mujeres en el mercado laboral y por su estilo de vida están más expuestas. También influye el alcoholismo y la relación de los hombres con la bebida según las diferentes culturas".
Mientras en 2010 la presidencia española del Consejo Europeo solicitaba la realización de esta encuesta, en 2014 las mujeres españolas retroceden tres décadas en sus derechos sexuales y reproductivos, aunque la Agencia de los Derechos Fundamentales no se pronuncia sobre si la prohibición del aborto constituye una forma de violencia de género o no.


viernes, 3 de enero de 2014

MANUAL DEL HOMBRE DENUNCIADO E INDEFENSO ANTE LA LEY DE VIOLENCIA DE GÉNERO




HAY VARIAS FASES EN UNA DENUNCIA (INSTRUMENTAL) 

DE MALOS TRATOS 

I- ANTES DE SER DENUNCIADO
Si sospechas que puedes ser denunciado por violencia de género:
 
Si no vives con ella, evita los lugares en los que podais coincidir
Si vives con ella, ten siempre cerca a tus hijos, familiar o amigo que puedan dar fe de la situación



                                                                          
  


















En todos los casos:

1.  Comunica tu situación a tu abogado, familiar, amigo y/o vecino de tu confianza (al menos la primera vez por email para que quede constancia) y avísale para que aparezca en caso de escuchar cualquier discusión, o tras tu llamada de aviso. Tensiempre encima un móvil que grabe video y audio con una pulsación en la pantalla de inicio.


2.  Si te la encuentras por la calle, o estáis en casa y te sientes amenazado (se dirige a ti gritando, provocando, etc.) graba todo, o busca un bar o una tienda que tenga cámaras de seguridad donde meterte, y llamas a un amigo o familiar que vaya a buscarte si te acorrala. Apunta el nombre de los posibles testigos de ese bar o tienda.

 3.  En caso de discusión, por leve que sea, abandona el lugar. Los abogados pueden basarse en ello para acusarte de un delito de amenazas o coacciones. NUNCA respondas a sus provocaciones, ni te defiendas apartándola. HUYE, a no ser que peligre tu vida. Ve al domicilio de algún amigo o familiar donde refugiarte.


4.  Para que la comisaría más cercana tenga conocimiento de tu situación, redacta una carta explicándola y adjuntando copias de las pruebas. Así esta “denuncia preventiva” es solo una puesta en conocimiento de la autoridad y no una denuncia oficial que les obligaría a llamarla (entonces ella puede denunciarte “denuncia cruzada”, en represalia y serías detenido).

 Este documento no te librará de la detención si ella denuncia posteriormente, pero la policía ya estará alerta de tu situación. Serás mejor tratado y, de cara al procedimiento rápido o juicio, será una prueba más de los fines espurios que han llevado a la denuncia.


 5.  En la medida de lo posible, trata de llevar un diario con cada suceso (notas en móvil por ejemplo) y pídele a vecino, familiar o testigos que hayan podido presenciar los hechos de cada suceso que anoten lo que han visto y su fecha, y así posteriormente, si ella te denuncia, podréis declarar en el procedimiento judicial sin olvidaros de detalles, sobre:

6.  Si tienes alguna herida tras su agresión por sorpresa, vete al consultorio más cercano para que te curen. Te darán copia del parte de lesiones y solicita que quede en privado entre el médico y tú comentándole que si ella se entera sería peor para ti.

Ten siempre a mano:
DNI (tarjeta de residencia o pasaporte si eres
     extranjero).

Libro de familia y tarjetas médicas.


Contrato de compra-venta o arrendamiento de la
     vivienda.

Un juego de llaves del domicilio y el coche.


Un juego de ropa para ti y tus hijos.


Teléfono móvil y/o sistema de grabación.

Agenda de teléfonos en la que debes incluir todos los teléfonos de amistades o familiares que puedan apoyarte.


Denuncias e informes médicos de agresiones
     anteriores si los hubiera.


Dinero en efectivo, o tarjeta de crédito.


Copia de todos los documentos de colegios de
     los niños.


Copia de todas las fotos de la familia. Sacas
     una copia digital de todas.


Es fundamental que tengas copias de toda esta documentación en casa de un familiar, lugar de trabajo o casa de amigo. 



II- TRAS SER DENUNCIADO o DETENIDO:



Si te avisan desde Comisaría para que vayas

1.  Haz lo siguiente:


-Nunca vayas solo, haz que te acompañe tu abogado, familiar 
o amigo.

-Lleva encima tu documentación (DNI o carnet de conducir) 
y copia de lo que les comunicaste tras tus miedos o sus 
amenazas (ver punto I-3).

-Llevar un sistema de grabación (móvil, MP4…)


O bien, si estas seguro que te ha denunciado, y 
antes, para evitar lo anterior:

2.  Preséntate directamente en el juzgado de guardia con tu abogado. La declaración del detenido en dependencias policiales suele actuar en su contra, nunca en su
defensa. Así ese juzgado te citará para cuando sea tu disposición judicial sin tener que esperar detenido en el calabozo.

Si te detienen fuera de la Comisaría: aparte de lo anterior


 1.  Piensa que eres uno más de los aproximadamente 350 hombres que pasa por eso cada día por culpa de la LIVG,
siendo solo el 1% los machistas violentos reincidentes. 
2.  Mantén la calma y habla pausadamente con los agentes. Colabora, muéstrate participativo, y con educación trata de hacerles ver que es una denuncia por interés, muéstrales cualquier prueba que les ayude a poder identificar la denuncia como falsa. No pierdas los nervios.


3.  Pide a los agentes que pregunten a los vecinos o amigos o inspeccionen tu domicilio.

Una vez en dependencias policiales:

Una vez informados de nuestros derechos, y sobre nuestros 
cargos, es fundamental evitar declarar ante la policía, sobre 
todo sin abogado de confianza, y hacerlo sólo en el juzgado. 
Si tuviéramos que esperar en los calabozos, se procederá a 
la apertura de la ficha policial. No te asustes:


ØTe tomarán las huellas de ambas manos 
y te harán tres fotografías si no tienes antecedentes 
policiales (si es tu primera detención, o si ya borraste los 
antecedentes policiales anteriores).


ØTe introducirán en una celda. Trata de ser positivo. 
Intenta dormir y descansar. Aún te queda una entrevista 
con el juez. Relájate, procura pensar en algo agradable. 

Te pueden detener durante un máximo de 72 horas (24 horas si eres menor de 18 años).
EL HABEAS CORPUS

Si has sido detenido sin más hechos y pruebas que la 
denuncia verbal de ella, es una detención ilegal.Por tanto 
puedes pedirel Habeas Corpus (o, mejor, haz que tu abogado, 
tu familia o amigo íntimo, lo solicite ante la propia policía o 
ante el Juzgado de Guardia). Es un modelo que deben facilitar 
a quien lo pide. Haz constar que no hay riesgo para la integridad 
de ella, ya que es una denuncia instrumental y no tomarás 
represalias: solo deseas aclararlo todo ante el Juez y padecer 
así lo menos posible el daño que te quiere ocasionar. La Ley de 
Enjuiciamiento Criminal en estos casos no exige retenerte (calabozo) 
hasta que veas al Juez, cuando se te cite.
Si la policía te ha interrogado sin estar presente tu abogado, es importante hacerlo constar en el Habeas Corpus.

Si admiten el habeas corpus, se te pondrá a disposición judicial inmediatamente, y declararás ante el Juez, no ante la Policía. Siendo inocente, te pondrán en libertad con más rapidez, sin esperar a las 72 horas de plazo máximo.

Esto no suele agradar a los jueces, ya que les da un corto 
plazo de tiempo para sacarte del calabozo, y pone en cuestión 
a las FFOO acusadas, pero es preciso que tanto tú como 
tu familia sepáis que existe esta posibilidad. 


III- EN LA DECLARACIÓN ANTE EL JUEZ

ØAntes de declarar ante el juez, tienes derecho a 
entrevistarte en privado con tu abogado.

ØPuedes contestar “no lo sé” si algo de lo que te 
preguntan no te cuadra.

ØEstando ante el juez es el momento para denunciar 
la detención ilegal y que se investiguen las actuaciones 
policialessobre todo si te han interrogado sin estar tu abogado 
presente.


NO ACEPTES TU CULPABILIDAD (y por tanto, una condena) 
por mucho que te lo aconsejen, a no ser que te lo recomiende el 
abogado de tu confianza (Ej. El de la asociación de afectados). 
Si no tienes más remedio que tener un abogado asignado por el 
turno de oficio, y este te recomienda aceptar la condena, NO ACEPTES 
y solicita que te asignen otro abogado. Si aceptas la condena “barata”
, no podrás recurrir, ni denunciar la acusación falsa.

Ø Si niegas ser culpable, te espera un largo proceso 
judicial, pero tu dignidad como ciudadano de pleno 
derecho exige este precio. No obstante, piensa que, 
según los propios datos del Observatorio del CGPJ, 
solo acaban en condena sin ser aceptada un 12% 
de las denuncias, llegando casi al 20% con las 
condenas aceptadas.
 Ø Antes de firmar tu declaración, lee bien antes 
lo escrito, comprueba que no haya “espacios en blanco”
en el documento, y que está escrito como lo has dicho y 
no como lo haya entendido el Juez o su secretario;  en 
caso contrario, no firmes, o haz una anotación de que 
no lo firmas porque no es lo que has declarado. Tu abogado 
puede solicitar que cambien el texto y pongan lo correcto 
y también debe pedir interrogar a la  supuesta víctima. 
En todo caso asegúrate que tu abogado pide que se levante 
acta por el secretario de todas las pruebas que presentes 
en ese momento o de las que podrás presentar  en cuanto 
dispongan tu libertad  (grabaciones, e-mails, cartas, 
mensajes de  cualquier tipo, registros de llamadas, etc.) 


Ø   Si aceptas ser culpable, tendrás antecedentes penales 
(si no los tenias), y no podrás recurrir ni denunciar esta 
acusación falsa. Serás un maltratador oficialmente, como l
os de la línea inferior de la gráfica de abajo.